lunes, 22 de octubre de 2012


Derecho del paciente a rechazar tratamiento
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La negativa del paciente a aceptar un tratamiento enfrenta al médico a un dilema ético y a cuestiones legales que no puede ignorar.
Debemos tener presente que todo  paciente puede hacerse presente rechazando un tratamiento, sin ser Testigo de Jehová. Piénsese por ejemplo en una madre de cuatro hijos, de 34 años de edad, a la que se le detecta – a tiempo- un tumor maligno en un pecho, y se niega a ser operada; o en un joven pintor al que, a raìz de una gangrena se le deben amputar dos dedos de su mano derecha, y no acepta su amputación, con tal de poder pintar unos meses más.
Pocas veces se enseñó que al paciente le asisten derechos, se ha ejercido  la práctica de la medicina bajo la forma del Paternalismo Médico y la Soberbia que demuestran muchos profesionales,  sin darse cuenta, pero que se exterioriza en la atención a sus pacientes.
Ya no basta sólo con saber medicina, se debe también , conocer cómo aplicarla desde el marco legal que está regulado por una serie de leyes y obligaciones que deben  irremediablemente cumplirse.
Los pacientes tienen derechos legales y éticos para autodeterminar y decidir sobre su corporalidad.
 “Siempre debe recordarse que el paciente tiene derecho a tomar una decisión irracional, en tanto sea una decisión razonada”
La Constitución Nacional, garantiza a sus habitantes el derecho a la vida, la libertad, el trabajo, la educación y dice que el Estado procurará el perfeccionamiento físico, moral y social de todos sus habitantes, mientras que éstos tienen la obligación de cuidar su salud.   
Luego de la Declaración Universal de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas, promulgada en el año 1948 donde en su artículo 2 dice, "que el potencial paciente tiene derecho a recibir cuidados de su salud, sin distinción de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición", estos derechos constitucionales se hacen manifiestos.
Consiguientemente los derechos del paciente aparecen juntos a los derechos humanos siendo una extensión de éstos, relacionados con la salud del hombre. Luego de esta declaración de derechos, los mismos se van reconociendo y consolidando en los distintos foros médicos internacionales y surgen con la Declaración de Helsinki, de Tokio, de Portugal, etc. Esta tramitación constructiva ha dado pie a una recomendación del Comité de Ministros del Consejo de Europa, el 30 de abril de 1980, en los siguientes términos: " La transición de la sumisión a la cooperación debe ser motivada por razones particulares: la relación que se establece entre enfermos y profesionales debe transformarse en una relación de asociados basada en intercambios recíprocos [....] además convendría acentuar la [...] adopción de una concepción dinámica de la participación del público en la protección de la salud y de las enfermedades a su curación"


DECLARACIÓN DE DERECHOS DEL PACIENTE, aprobada por la Asociación Americana de Hospitales en 1973.
Ningún catálogo de derechos puede garantizar al paciente la clase de tratamiento que tiene derecho a esperar. Un hospital debe realizar funciones diversas que incluyen la prevención y el tratamiento de las enfermedades, la educación de los profesionales de la salud y de los pacientes y la realización de investigación clínica. Todas estas actividades deben estar supeditadas al interés por los pacientes y, sobre todo, al reconocimiento de su dignidad como seres humanos. Este reconocimiento cabal es la mejor garantía para la defensa de los derechos del paciente.


1 comentario:

  1. en efecto todos los individuos tienen derecho a rechazar el tratamiento de tal manera a los profesionales de salud nos enfrenta a un dilema ya que nuestra profesión uno de los pricipales valores y principios es el respeto a la vida.

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