martes, 4 de diciembre de 2012

Justificar las excepciones de confiabilidad.

Confidencialidad
 El término significa “lo que se hace o dice en 
confianza o con seguridad recíproca entre dos o más personas”. Así se 
denomina al derecho del paciente a que todos aquellos que lleguen a  
conocer datos relacionados con su persona, por su participación directa 
o indirecta en las funciones propias de las instituciones sanitarias, 
respeten su intimidad y cumplan con el deber de secreto.


Confidente necesario

 todo aquel que queda justificado para conocer  
datos confidenciales de un paciente o usuario por ser su colaboración  
necesaria para asegurar la atención sanitaria  y los servicios 
profesionales que hacen necesario recoger información confidencial .

Datos de carácter personal




cualquier información concerniente a 
personas físicas identificadas o identificables 
 Documentación clínica: 
conjunto de soportes físicos, de cualquier 
forma, clase o tipo, en los que se contiene información clínica y 
asistencial .



Desde los tiempos de Hammurabi, 2500 años antes de Cristo, las 
normas de ética médica han hecho referencia a la obligación de guardar 
secreto. El Juramento Hipocrático hace 24 siglos, recogía: “Guardaré 
silencio sobre todo aquello que en mi profesión, o fuera de ella, oiga o vea 
en la vida de los hombres que no tenga que ser público, manteniendo estas 
cosas de manera que no se pueda hablar”


Históricamente se ha considerado que los profesionales de la salud 
tienen la obligación ética de mantener el secreto de todo aquello que 
conocen en el ejercicio de su profesión. Con esta confianza el paciente se 
acerca a su médico. Sin embargo, en nuestro tiempo se han planteado 
excepciones al deber de confidencialidad, justificadas por el deseo de evitar 
graves daños al propio paciente o a terceras personas.
La justificación ética de la investigación biomédica en seres humanos radica en la expectativa de descubrir nuevas formas de beneficiar la salud de las personas. La investigación puede justificarse éticamente sólo si se realiza de manera tal que respete y proteja a los sujetos de esa investigación, sea justa para ellos y moralmente aceptable en las comunidades en que se realiza. Además, como la investigación sin validez científica no es ética, pues expone a los sujetos de investigación a riesgos sin posibles beneficios, los investigadores y patrocinadores deben asegurar que los estudios propuestos en seres humanos estén de acuerdo con principios científicos generalmente aceptados y se basen en un conocimiento adecuado de la literatura científica pertinente



http://www.institutodebioetica.org/cursoeticagratuito/modulo4/Unidad%204%20Confidencialidad%20y%20Secreto%20Profesional.pdf


http://www.cioms.ch/publications/guidelines/pautas_eticas_internacionales.htm





manejo adecuado de los datos de la historia clínica


Manejo adecuado de los datos de la historia clínica

Como primer punto debemos dejar en claro que la historia clínica es un documento de la atención a la salud, este es un documento básico del sistema de información por lo tanto es un documento confidencial, privado, testimonio legal y sobre todo obligatorio. Sirve como registro de la evolución de las condiciones orgánicas de las personas, indispensable para el ejercicio profesional de las ciencias de la salud.
La historia clínica se inicia desde la primera cita medica del paciente para su valoración se registra la evolución cronológica de la atención en salud oral del paciente y se va construyendo a través del tiempo en la medida que se van documentando los aspectos de la relación medico-paciente.
Les menciono algunos antecedentes de la historia clínica por ejemplo de 1995 a 1999 el ministerio de salud estableció las normas para el manejo de la historia clínica, se estableció la ley 23 en 1981 con los artículos numero 33, 34 y 35 por lo cual se dictan normas en materia de ética medica, nosotros como futuros profesionales de salud lo debemos tener muy presentes, debemos ser personas cultas con un conocimiento muy amplio que nos distinga como personas y profesionales en salud.
En la actualidad existe un comité de historias clínicas que realiza diferentes funciones como promover en la institución la adopción de normas nacionales sobre historias clínicas y velar por que estas se cumplan y como vigilar que se provean los recursos necesarios para la administración y funcionamiento del archivo de historias clínicas.
Una de las principales características de la historia clínica con la que se debe llevar a cabo es la integridad, secuencialidad, racionalidad científica, disponibilidad, confidencialidad, seguridad, única y legible.







Expediente clinico y confidencialidad


Se
           
       Datos clínicos
       Es muy importante la ética en la profesión del médico, ya que de esa manera se ve reflejada la calidad de servicio que está brindando a sus pacientes, uno de los puntos de gran importancia es la confidencialidad que demostrara el médico como profesional.
Ya que de esta manera demuestra respeto hacia los datos que se le están proporsionando por el paciente.
Ante el deber del profesional de la medicina de guardar secreto médico y el derecho de todo paciente a la intimidad y la confidencialidad de sus datos, y ante la facilidad que existe hoy día para vulnerar dichos derechos, la Plataforma en Defensa de la Confidencialidad y el Secreto Médico ha elaborado un manifiesto en el que propugna que la intimidad es un valor ético y jurídico amparado por la Constitución y por la legislación vigente y como tal hay que demandarlo y protegerlo por profesionales y usuarios.
El manifiesto establece que "el valor supremo de la vida y la defensa de la salud son motivo de que en la intimidad de la consulta médica se revelen secretos que no se confían ni siquiera a los más allegados, por eso la confidencialidad y el secreto médico son imprescindibles en la relación médico-paciente".
"La informatización de las consultas y la historia electrónica de salud constituyen un factor de progreso, no obstante, en su utilización deben considerarse los peligros para la confidencialidad de los datos.
El almacenamiento masivo centralizado de la información clínica es el que mayores riesgos supone para el secreto y la confidencialidad, comparando con las bases de datos distribuidas. Deben por tanto primarse soluciones tecnológicas pequeñas y repartidas, ya posibles, que eviten tan elevado riesgo".




 Información sensible
Para Beauchamp y Childress existen tres niveles con lo cual algunos investigadores consideran que hay tres formas distintas a proteger: Física: No someter al paciente a contactos físicos innecesarios, no ser observados por personal no necesario, a no ser grabados por una cámara.-  De la información: Implica las reservas sobre la intimidad de los datos sanitarios que comportan el sustento de la relación médico-paciente.-  Toma de las propias decisiones: Esta intimidad decisoria significa que el paciente tiene capacidad para tomar sus propias decisiones sin ninguna interferencia (Autonomía).- Desde  una  visión  Bioética  Utilitarista  el  secreto  médico  como  obligación  profesional  se  ha reconocido  para  permitir  que  el  paciente  hable  con  entera  libertad  de  sus  síntomas,  hábitos  y actividades.- Por ello es necesario asegurarle que nada será revelado sin su consentimiento.-
el secreto de información del médico para el paciente, y que se refiere a la actitud paternalista clásica según la cual el paciente se entendía que estaba en una posición de incapacidad moral como enfermo que hacía que no debiera recibir información sobre su proceso.
al hablar de secreto (profesional) médico, tiene que ver con el asunto de no revelar ni divulgar la información que se obtenía en el ambiente de confianza necesario para el correcto desempeño de la profesión médica.
En lo referente al «deber profesional» de secreto, el Juramento Hipocrático reza así: «Lo que en el tratamiento, o incluso fuera de él, viere u oyere en relación con la vida de los hombres, aquello que jamás deba divulgarse, lo callaré teniéndolo por secreto.»
Lo que ha estado siempre claro para los médicos es que la relación clínica que soporta la atención sanitaria requiere de un ambiente de confianza, confidencia y lealtad.






confidencialidad como derecho del paciente 
“La confidencialidad es el derecho
del paciente o usuario a que todos  aquellos que lleguen a conocer datos  relacionados con su persona, por su  participación directa o indirecta en  las funciones propias de las  instituciones sanitarias, respeten su  intimidad y cumplan con el deber de  secreto.
Ante la enfermedad
Como paciente tiene derecho a 
• Recibir información veraz y comprensible
• No ser informado y derivar la información  a quien usted designe
• Limitar la información que se dé a sus  familiares
• Emitir el Documento de Instrucciones  Previas
Como profesional sanitario debe
• Informar al paciente sobre el diagnóstico,  pronóstico, alternativas de tratamiento, así  como de posibles riesgos o secuelas
• Informar con la verdad al paciente (si él lo demanda y quiere), aun en contra de la  opinión de su familia
• Solicitar su consentimiento en cuanto a las decisiones relativas a su enfermedad
• Evitar discriminaciones
• Respetar los valores de su paciente
• Conocer su documento de Instrucciones  Previas (Voluntades Anticipadas)
En el Hospital
Como paciente tiene derecho a
• La confidencialidad de sus datos
• Un trato digno
• Intimidad física, psíquica y social
• Que se designe un representante en  situaciones de incapacidad
Como profesional sanitario debe
• Proteger la información recibida, evitando  que sea accesible a personas no  autorizadas o trascienda a medios  públicos
• Emplear solo datos codificados para  denominar a un paciente en lugares  públicos.
• Evitar comentarios sobre pacientes en  lugares públicos
De la Historia Clínica
Como paciente tiene derecho a
• Acceder a sus datos clínicos y rectificarlos  si procede
• Decidir con quién quiere compartir sus  datos clínicos
• Permitir o denegar el uso de sus datos  para fines no asistenciales o distintos para  los que se obtuvieron (investigación etc)
• Limitar, en caso de fallecimiento, el  posterior acceso a sus datos clínicos
Como profesional sanitario debe
• Recoger adecuadamente los datos  clínicos y utilizarlos en soportes de  calidad.
• Pedir el consentimiento para uso no  asistencial de datos e imágenes
• Procurar que la circulación de los datos se  haga garantizando la confidencialidad.


http://www.hca.es/huca/web/contenidos/websdepartam/com_etic/confidencialidad.pdf

lunes, 3 de diciembre de 2012


Identificar los distintos tipos de datos contenidos en la historia clínica:


¿Qué son los datos personales?
Es cualquier información relacionada contigo, por ejemplo, tu nombre, teléfono, domicilio, fotografía o huellas dactilares, así como cualquier otro dato que pueda servir para identificarte. Este tipo de datos te permiten además, interactuar con otras personas, o con una o más organizaciones, así como que puedas ser sujeto de derechos.
¿A quién le pertenecen los datos personales?
El dueño de tus datos personales eres TÚ, y TÚ decides a quién, para qué, cuándo y por qué los proporcionas.
¿Qué tipo de datos personales hay?
Existen diferentes categorías de datos, por ejemplo, de identificación (nombre, domicilio, teléfono, correo electrónico, firma, RFC, CURP, fecha de nacimiento, edad, nacionalidad, estado civil, etc.); laborales (puesto, domicilio, correo electrónico y teléfono del trabajo); patrimoniales (información fiscal, historial crediticio, cuentas bancarias, ingresos y egresos, etc.); académicos (trayectoria educativa, título, número de cédula, certificados, etc.); ideológicos (creencias religiosas, afiliación política y/o sindical, pertenencia a organizaciones de la sociedad civil y/o asociaciones religiosas; de salud (estado de salud, historial clínico, enfermedades, información relacionada con cuestiones de carácter psicológico y/o psiquiátrico, etc.); características personales (tipo de sangre, ADN, huella digital, etc.); características físicas (color de piel, iris y cabellos, señales particulares, etc.); vida y hábitos sexuales, origen (étnico y racial.); entre otros.

¿Cuáles son los datos personales sensibles?
Son los datos que, de divulgarse de manera indebida, afectarían la esfera más íntima del ser humano. Ejemplos de este tipo de datos son: el origen racial o étnico, el estado de salud, la información genética, las creencias religiosas, filosóficas y morales, la afiliación sindical, las opiniones políticas y las preferencias sexuales. Estos datos requieren mayor protección y la Ley establece un tratamiento especial.
¿Por qué es importante proteger los datos personales?
Para evitar que los datos sean utilizados para una finalidad distinta para la cual la proporcionaste, evitando con ello se afecten otros derechos y libertades, por ejemplo que se utilice de forma incorrecta cierta información de salud lo que podría ocasionar una discriminación laboral, entre otros supuestos.
¿Quién está obligado a proteger los datos personales?
Todos debemos proteger los datos personales, es un esfuerzo conjunto: Tú exigiendo tus derechos, quienes posean datos personales, observando lo establecido por la Ley y el IFAI, garantizando ese derecho.
¿Qué tienen que hacer los entes privados para garantizar la protección de mis datos?
·         Nombrar a un responsable que atienda tus solicitudes de acceso, rectificación, cancelación y oposición de tus datos personales.-
·         Contar con las medidas de seguridad necesarias para garantizar tus datos contra un uso indebido o ilícito, un acceso no autorizado, o contra la pérdida, alteración, robo o modificación de tu información personal.
·         Capacitar a su personal.
·         Informarte sobre el uso que dará a tu información.

¿En qué consiste el derecho de protección de datos personales?
Es la facultad que otorga la Ley para que tú, como dueño de los datos personales, decidas a quién proporcionas tu información, cómo y para qué; este derecho te permite acceder, rectificar, cancelar y oponerte al tratamiento de tu información personal. Por sus iniciales, son conocidos comúnmente como derechos ARCO.
¿Qué importancia tienen los datos personales?
En la era de las comunicaciones, el manejo e intercambio de datos se ha convertido en una práctica habitual, lo mismo para el sector público que para las empresas, las cuales los utilizan para el desarrollo de sus actividades cotidianas, tales como:
* Venta de bienes (libros por Internet o un coche en una agencia)
* Contratación de servicios (análisis clínicos, un seguro de vida o la inscripción a una escuela)
* Oferta de empleo (al presentar el currículum o llenar una solicitud laboral)
Por ello, el artículo 16 de nuestra Constitución reconoce ya el derecho fundamental a que los datos personales sean protegidos. Y por ello, todas las personas físicas o morales que cuenten con bases de datos (escuelas, hospitales, médicos, aseguradoras, empresas, etc.,) están obligadas a seguir ciertas reglas que garanticen su uso adecuado y seguro.