Informar adecuadamente al paciente y familia
Es importante el establecimiento de lugares y
horarios adecuados para informar, como a la calidad de la información.
La información al paciente y familiares
recoge dos aspectos básicos de la información clínica:
- la información directa dada al
paciente en Urgencias en el momento de la atención.
- la información en procesos específicos que
entrañan un posible riesgo para el paciente y que supone la utilización de los
documentos de consentimiento informado específicos precisos para cada actuación
que los requiera.
Una de las principales necesidades de los
familiares, es recibir una adecuada información. Normalmente se concibe la información
como información médica y no de Enfermería, el personal de salud debe otorgar
apoyo al paciente y a su familia durante su estancia en el centro médico, Las
claves para lograrlo pasa por conocer, comunicar y atender. El Personal de
Enfermería juega un papel fundamental en el logro de este objetivo, ya que
posee el conocimiento, desarrolla su labor asistencial a través de los cuidados
y con la comunicación se propone establecer una relación de terapéutica para
mejorar la atención de los familiares, desde una perspectiva humana.
En general hay consenso en que la información
de forma organizada, comprensible, secuencial y sistemática es un componente
esencial de los cuidados de Enfermería, que facilita y mejora la relación
paciente-enfermera familiar y por tanto la confortabilidad de los mismos, durante
su hospitalización. Pero un punto controvertido en el proceso de informar, es
el relativo a quién debe dar la misma, sobre qué información tenemos
responsabilidad las Enfermeras/os y cuál es la opinión que las Enfermeras/os
tenemos sobre este tema.
Es
importante recordar brevemente el cambio operado en la relación
médico-paciente. Así, de una conducta de la profesión sanitaria (pues no sólo
hablamos de médicos) basada en el principio de beneficencia, donde el enfermo
se entregaba sin más a los conocimientos del profesional, se ha pasado a una
relación horizontal, fundamentada ahora en el principio de autonomía. Esto
significa que la opinión del enfermo respecto a los procesos diagnósticos y
terapéuticos que le afecten ha de ser considerada; tanto es así que se necesita
la prestación de su consentimiento de forma previa a cualquier actuación
sanitaria.
No hay comentarios:
Publicar un comentario