Derecho del
paciente a rechazar tratamiento
La
negativa del paciente a aceptar un tratamiento enfrenta al médico a un dilema
ético y a cuestiones legales que no puede ignorar.
Debemos
tener presente que todo paciente puede hacerse presente rechazando un
tratamiento, sin ser Testigo de Jehová. Piénsese por ejemplo en una madre de
cuatro hijos, de 34 años de edad, a la que se le detecta – a tiempo- un tumor
maligno en un pecho, y se niega a ser operada; o en un joven pintor al que, a
raìz de una gangrena se le deben amputar dos dedos de su mano derecha, y no
acepta su amputación, con tal de poder pintar unos meses más.
Pocas
veces se enseñó que al paciente le asisten derechos, se ha ejercido la
práctica de la medicina bajo la forma del Paternalismo Médico y la Soberbia que
demuestran muchos profesionales, sin darse cuenta, pero que se
exterioriza en la atención a sus pacientes.
Ya
no basta sólo con saber medicina, se debe también , conocer cómo aplicarla
desde el marco legal que está regulado por una serie de leyes y obligaciones
que deben irremediablemente cumplirse.
Los
pacientes tienen derechos legales y éticos para autodeterminar y decidir sobre
su corporalidad.
“Siempre debe recordarse que el
paciente tiene derecho a tomar una decisión irracional, en tanto sea una
decisión razonada”
La
Constitución Nacional, garantiza a sus habitantes el derecho a la vida, la
libertad, el trabajo, la educación y dice que el Estado procurará el
perfeccionamiento físico, moral y social de todos sus habitantes, mientras que
éstos tienen la obligación de cuidar su salud.
Luego
de la Declaración Universal de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas,
promulgada en el año 1948 donde en su artículo 2 dice, "que el potencial
paciente tiene derecho a recibir cuidados de su salud, sin distinción de raza,
color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole,
origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra
condición", estos derechos constitucionales se hacen manifiestos.
Consiguientemente
los derechos del paciente aparecen juntos a los derechos humanos siendo una
extensión de éstos, relacionados con la salud del hombre. Luego de esta
declaración de derechos, los mismos se van reconociendo y consolidando en los
distintos foros médicos internacionales y surgen con la Declaración de
Helsinki, de Tokio, de Portugal, etc. Esta tramitación constructiva ha dado pie
a una recomendación del Comité de Ministros del Consejo de Europa, el 30 de
abril de 1980, en los siguientes términos: " La transición de la sumisión
a la cooperación debe ser motivada por razones particulares: la relación que se
establece entre enfermos y profesionales debe transformarse en una relación de
asociados basada en intercambios recíprocos [....] además convendría acentuar
la [...] adopción de una concepción dinámica de la participación del público en
la protección de la salud y de las enfermedades a su curación"
DECLARACIÓN DE
DERECHOS DEL PACIENTE, aprobada por la Asociación Americana de Hospitales en
1973.
Ningún
catálogo de derechos puede garantizar al paciente la clase de tratamiento que
tiene derecho a esperar. Un hospital debe realizar funciones diversas que
incluyen la prevención y el tratamiento de las enfermedades, la educación de
los profesionales de la salud y de los pacientes y la realización de
investigación clínica. Todas estas actividades deben estar supeditadas al interés
por los pacientes y, sobre todo, al reconocimiento de su dignidad como seres
humanos. Este reconocimiento cabal es la mejor garantía para la defensa de
los derechos del paciente.
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en efecto todos los individuos tienen derecho a rechazar el tratamiento de tal manera a los profesionales de salud nos enfrenta a un dilema ya que nuestra profesión uno de los pricipales valores y principios es el respeto a la vida.
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